MÉXICO, DF.- Con 320 votos a favor y una
abstención, el Pleno de la Cámara de Diputados
aprobó los artículos reservados de la Ley
General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los
Delitos en Materia de Trata de Personas y para
la Protección y Asistencia a las Víctimas de
estos Delitos.
El presidente de la Mesa Directiva, Guadalupe
Acosta Naranjo anunció la aprobación del
dictamen que abroga la Ley para Prevenir y
Sancionar la Trata de Personas; y reforma y
adiciona diversas disposiciones de la Ley
Federal contra la Delincuencia Organizada, del
Código Federal de Procedimientos Penales, del
Código Penal Federal, de la Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la
Policía Federal, y de la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública.
El documento fue enviado al Senado para su
discusión, análisis y en su caso aprobación,
para luego ser remitido al Ejecutivo Federal,
quien deberá publicarlo en el Diario Oficial de
la Federación.
Por propuesta de la diputada Teresa Inchaustegui
Romero (PRD), será sancionado con pena de 10 a
15 años de prisión y de un mil a 30 mil días de
multa al que se beneficie de cualquier modo,. de
obligar a una persona para que realice,
participe, tolere o soporte actos sexuales.
La diputada Enoé Uranga Muñoz (PRD), presentó la
modificación de ocho artículos, los cuales
fueron avalados por esta Soberanía. Entre las
reformas destaca que “quien enganche,
transporte, transfiera, retenga, reciba, acoge o
entregue para sí o para un tercero a una o
varias personas con fines de explotación, se le
impondrá de 10 a 20 años de prisión y de un mil
a 20 mil días de multa”.
El dictamen establece que se entenderá por
explotación: los abusos laborales, trabajos o
servicios forzados, explotación de la
prostitución u otras formas de explotación
sexual, matrimonios forzados o serviles,
esclavitud o prácticas afines o similares a la
esclavitud, servidumbre, adopciones ilegales,
corrupción de personas menores de 18 años,
turismo sexual infantil, pornografía infantil,
explotación de la mendicidad ajena y alquiler de
personas con el mismo fin, venta de persona o
tráfico de órganos, tejidos o sus componentes.
En los casos en que la víctima, ofendido o
testigo, declare en contra de grupos de la
delincuencia organizada, el Ministerio Público y
Poder Judicial adoptarán un conjunto de medidas
de carácter excepcional para resguardar su vida,
libertad, integridad, seguridad e identidad.
La Ley de trata de personas impone penas de
hasta 40 años de prisión a quienes realicen
actos de explotación o abuso sexual en contra de
menores de 18 años y crea un fondo para la
atención de víctimas.
El dictamen establece que el padre, madre, tutor
o persona con autoridad que entregue de forma
ilegal, ilícita, irregular o mediante adopción a
una persona menor de 18 años para que sea
abusada o explotada sexualmente se le impondrá
una pena de 20 a 40 años de cárcel y de 2 mil a
20 mil días de multa.
